Colegios privados deberán devolver matrícula y pensiones si padres no aceptan modificación en costos

Los centros educativos tiene plazo de informar la modificación en el costo de pensiones hasta el martes 12 de mayo.

Tras la suspensión de las clases presenciales, los colegios privados tendrán un plazo de siete días, a partir del 6 de mayo, para informar a los padres de familia sobre las modificaciones en el costo de las pensiones mensuales. Así lo estableció una norma publicada este martes 5 de mayo en el diario oficial El Peruano.

Según el Decreto Legislativo Nº 1476, los centros educativos deberán notificar sobre las prestaciones que brindaban de manera presencial y cuáles de estas ya no son brindadas con esta nueva modalidad de enseñanza virtual.

La información presentada por las entidades tiene carácter de declaración jurada, sujeta a fiscalización posterior. Esta puede ser enviada por correo electrónico o cualquier otro medio la existencia o no, además, no debe ser excesiva o compleja respecto a costos por el servicio educativo ofrecido, para que el usuario lo utilice en la toma de una decisión respecto del servicio educativo ofrecido.

En caso los apoderados no están de acuerdo con la propuesta pueden anular el contrato, y el centro educativo está obligado a devolver las cuotas de matrícula, ingreso y de pensiones canceladas. No obstante, se descontarán las deudas pendientes de los estudiantes, si las hubiera, dentro de 30 días calendario contados desde la entrega del documento.

La norma aplica a todas las instituciones privadas a nivel nacional que brindan servicios educativos de Educación Básica, en todas sus modalidades, niveles y ciclos. En caso exista incumplimiento de esta disposición, el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales pueden exigir el pago de las multas desde S/ 43.000 a S/ 2 150.000.

Cabe resaltar que las instituciones educativas privadas no pueden cobrar por las prestaciones que se han dejado de brindar producto de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

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