Coronavirus: ¿los colegios privados deben devolver la pensión de marzo tras la suspensión de clases?
El Indecopi se pronunció sobre la suspensión de las clases escolares ante el avance del coronavirus y aclaró si los colegios privados deben efectuar o no la devolución de la pensión de marzo.
Luego que el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunciara la postergación del inicio del Año Escolar 2020 hasta el 30 de marzo por la aparición de nuevos casos de coronavirus, se generó una gran incertidumbre entre los padres de familia respecto al pago de la pensión que efectuaron este mes en los diversos colegios privados del país.
¿Debe devolverse o no? Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), los colegios “están en la obligación de dictar medidas de recuperación para alcanzar la totalidad de las horas lectivas anuales en cada etapa escolar”.
Mediante un comunicado, precisó que su competencia es solo para colegios privados y que sancionarán “a las instituciones que no devuelvan el pago del mes de marzo cuando verifique que no se recuperó la carga horaria suspendida”.
Es decir, los colegios privados solo estarán en la obligación de devolver el dinero abonado por los padres de familia por concepto de pensión del mes de marzo, siempre y cuando no recuperen las horas perdidas.
La entidad indicó también que el organismo encargado de supervisar la recuperación de horas en los colegios es el Ministerio de Educación (Minedu) a través de la UGEL y la GRE.
Asimismo, detalló que en el caso de los servicios como movilidades escolares , los pagos “se realizarán dependiendo de lo señalado en los contratos”. “Si el pago ya se realizó, pero aún no se ha ofrecido el servicio, los padres y proveedores podrán acordar que sea utilizado para el mes siguiente, considerando que el inicio de clases se ha postergado hasta el 30 de marzo”.
Luego que el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunciara la postergación del inicio del Año Escolar 2020 hasta el 30 de marzo por la aparición de nuevos casos de coronavirus, se generó una gran incertidumbre entre los padres de familia respecto al pago de la pensión que efectuaron este mes en los diversos colegios privados del país.
¿Debe devolverse o no? Según el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), los colegios “están en la obligación de dictar medidas de recuperación para alcanzar la totalidad de las horas lectivas anuales en cada etapa escolar”.
Mediante un comunicado, precisó que su competencia es solo para colegios privados y que sancionarán “a las instituciones que no devuelvan el pago del mes de marzo cuando verifique que no se recuperó la carga horaria suspendida”.
Es decir, los colegios privados solo estarán en la obligación de devolver el dinero abonado por los padres de familia por concepto de pensión del mes de marzo, siempre y cuando no recuperen las horas perdidas.
La entidad indicó también que el organismo encargado de supervisar la recuperación de horas en los colegios es el Ministerio de Educación (Minedu) a través de la UGEL y la GRE.
Asimismo, detalló que en el caso de los servicios como movilidades escolares , los pagos “se realizarán dependiendo de lo señalado en los contratos”. “Si el pago ya se realizó, pero aún no se ha ofrecido el servicio, los padres y proveedores podrán acordar que sea utilizado para el mes siguiente, considerando que el inicio de clases se ha postergado hasta el 30 de marzo”.
FUENTE: https://capital.pe
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