Medidas para enfrentar la morosidad en colegios particulares es el próximo paso que dará Minedu: ¿De qué se trata?

Retraso en el pago de la mensualidad anual bordea el 30% y el mensual supera el 50%, según la ANPIEP.

Una de las principales críticas que señalaron los colegios privados frente a la publicación del Decreto de Urgencia (DU) Nº 002-2020 del Gobierno que busca combatir la informalidad en estos centros educativos, es la falta de mecanismos para enfrentar la alta morosidad en las pensiones.

Y es que el presidente de la Asociación Nacional de Promotores de Instituciones Educativas Privadas (ANPIEP), José Urbina, precisó que la morosidad mensual en los colegios privados superan el 50% y la morosidad anual borde el 30%. Por su parte, Jorge Camacho, director del Colegio Los Álamos, reveló que algunos padres de familias pasan a sus hijos de un colegio a otro pagando solo la matrícula.

Ante ello, el Ministerio de Educación (Minedu) afirmó que en el reglamento del DU N° 002 - 2020, el cual debe estar en 180 días calendarios, es decir, en julio próximo, se contempla una iniciativa que abordar esta problemática.

La directora de Gestión Escolar del Minedu, Mariela Zapata, explicó que desde esta cartera se plantea que los colegios privados puedan pedir un carta de no adeudo cuando el padre de familia quiera trasladar a su hijo de un colegio a otro.

Precisó, además, que como sector no pueden imponer en el reglamento alguna fórmula para cobrar las pensiones mensuales retrasadas que puedan atentar contra el derecho de educación de los niños.

“Lo que está ahora en el proyecto del reglamento (del DU) es una carta de no adeudo que presentaría el padre de familia que se traslada de un colegio privado a otro colegio privado y que lo tenga que demostrar. Pero igual estamos abiertos a recibir alguna otra propuesta que se presente y lo evaluaremos en el marco de nuestras competencias y las leyes vigentes”, afirmó.

No lo promueven

Por su parte, el viceministro de Gestión Institucional del Minedu, Guido Rospigliosi, aclaró que desde esta cartera no se viene promoviendo la morosidad como lo vienen deslizando algunos gremios de colegios privados.

Prueba de ello es que el citado DU establece que los colegios privados podrán devolver la cuota de ingreso en caso el padre de familia traslada a su hijo de un colegio a otro, y si en caso existe una deuda pendiente, se deducirá el monto a devolver.

“Nosotros no estamos promoviendo la morosidad. El Tribunal Constitucional se ha pronunciado y ha dicho que hay un contrato anual con los alumnos, con lo cual, si hay un padre de familia que adeuda pensiones lo podrías resolver con no renovarle la matrícula en el año siguiente y ahora se incluye, que si cobró la cuota de ingreso, de esa cuota de ingreso, también pueda deducir la parte de la deuda que está pendiente”, sostuvo.

Recordó además a partir de este año los padres de familia solo deben pagar tres conceptos: cuota de ingreso, matrícula y pensiones.
El dato

El Minedu anunció que 264 establecimientos brindaban servicios educativos sin autorización por lo que el DU N° 002 - 2020 les otorga la capacidad para cerrarlos. En esa línea, indicó que a la fecha se han cerrado 20 de estos locales informales.

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